Nacionales de terceros países

Los extranjeros no comunitarios (nacionales de terceros países) necesitan generalmente un permiso de residencia que les permita ejercer una actividad remunerada para acceder a un empleo o a una formación profesional. Para ello, es necesario obtener un permiso de trabajo antes de empezar a trabajar. Los papeles de residencia y el título de residencia los expide siempre la autoridad de extranjería. El permiso de trabajo o de formación sólo se expide si la Agencia Federal de Empleo (BA) ha aprobado previamente el ejercicio de una profesión determinada, para lo cual se lleva a cabo un examen de las condiciones de trabajo. Esto implica una remuneración adecuada y condiciones de trabajo equivalentes para los trabajadores extranjeros.