Entrada con visado

Por regla general, hay que solicitar un visado en la misión diplomática correspondiente antes de viajar a Alemania. Los ciudadanos de Australia, Israel, Japón, Canadá, la República de Corea, Nueva Zelanda y EE.UU. también pueden solicitar un permiso de residencia a la autoridad de inmigración competente en Alemania después de entrar en el país. El empleo remunerado previsto sólo podrá ejercerse una vez expedido el correspondiente título de residencia. El Servicio de Colocación Internacional (ZAV) de la Agencia Federal de Empleo, con sus oficinas regionales, también es responsable de aprobar el título de residencia. La autoridad de extranjería interviene internamente cuando se expide el permiso de residencia.

Además del visado de entrada y la posterior estancia de corta duración, el título de residencia se expide como: Título de residencia, Tarjeta Azul UE, Permiso de establecimiento o Permiso de residencia permanente UE.

El título de residencia tiene una duración limitada. Se expide a las personas que

  • desean realizar una formación o trabajar en Alemania,
  • pueden permanecer en Alemania por razones de derecho internacional, humanitarias o políticas,
  • emigran a Alemania por motivos familiares,
  • son extranjeros y antiguos alemanes que desean regresar a Alemania o
  • tienen derecho de residencia permanente en otro Estado miembro de la Unión Europea.

El permiso de residencia puede prorrogarse. También se tiene en cuenta si la persona ha asistido debidamente a un curso de integración.

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