La tolerancia a la formación

La Ley de Integración de 6 de agosto de 2016 prevé una nueva regulación del artículo 60a (2) frase 4 y ss. AufenthG sobre la Ausbildungsduldung. A continuación se resumen las principales novedadesdel decreto del Estado de Sajonia-Anhalt (de 26 de febrero de 2021) sobre la Ausbildungsduldung.

Objetivo

La normativa sobre estancia tolerada con fines de formación tiene por objeto crear seguridad jurídica para las personas toleradas y las empresas que tienen previsto impartir formación profesional cualificada (de conformidad con el artículo 6 (1) frase 2 BeschV). Se crea claridad para ambas partes en cuanto a las condiciones de tolerancia con fines de formación. Esto puede reducir las incertidumbres antes del inicio de la formación (barreras a la contratación) y aumentar la tasa de formación.

Ámbito de aplicación

Se benefician de la posibilidad de solicitar una estancia tolerada con fines de formación

  • Las personas con estatuto tolerado (excepto en el procedimiento de traslado de Dublín) y
  • las personas en formación cuyo permiso de residencia cambia por una estancia tolerada debido a una denegación de la solicitud de asilo (se requiere una autorización de empleo posterior).

Duración

La autorización de formación es válida durante toda la duración de la formación (artículo 60a (2) frase 5 AufenthG). También se aplican las siguientes disposiciones:

  • La Ausbildungsduldung no ofrece la posibilidad de acortar o formular condiciones de cancelación y sólo caduca en caso de delitos intencionados, finalización prematura de la formación o no inicio (no ejecución) de la formación por parte del/de los aprendiz/es.

  • La tolerancia discrecional (§60a apartado 2 frase 3 AufenthG) es posible en general para el tiempo de espera, por ejemplo, para las medidas de preparación de la formación o un máximo de seis meses para cubrir el periodo desde el momento en que se celebra el contrato hasta el inicio de la formación, siempre que no se hayan iniciado en ese momento medidas específicas para poner fin a la estancia (como la entrega de una carta de expulsión).

  • Si se interrumpe o modifica el programa de formación, se prevé un periodo único de tolerancia de seis meses para buscar un nuevo lugar de formación o un nuevo empleo (artículo 60a (2) frase 10 AufenthG). Incluso después de un cambio, la tolerancia de formación vuelve a ser válida durante todo el periodo de formación.

  • Una vez finalizado con éxito, el permiso de estancia tolerado se prorroga durante seis meses con el fin de buscar empleo (artículo 60a (2) frase 11 AufenthG) y, en determinadas condiciones, puede expedirse un permiso de residencia para personas toleradas cualificadas con fines de empleo (de conformidad con el artículo 18a AufenthG).

  • La empresa de formación o la escuela de formación profesional ("centro de formación") debe notificarlo por escrito a la autoridad de inmigración en el plazo de una semana a partir de la finalización de la formación. Si no se cumple este plazo, puede imponerse una sanción.

Autorización de empleo

En todos los casos se requiere un permiso de trabajo, que también debe estar disponible para las medidas preparatorias. La siguiente información se aplica al permiso de trabajo:

  • La solicitud de una estancia tolerada con fines de formación es también la solicitud para la expedición del permiso de trabajo requerido (Sección 4 (2) frase 3 AufenthG).

  • La autorización de la Agencia Federal de Empleo no es necesaria para la formación.

  • Si no existen motivos de exclusión (art. 60a (6) AufenthG), por regla general debe expedirse un permiso de trabajo. A pesar de ello, existe poca discrecionalidad a la hora de expedir el permiso, tal y como se explica en las "Notas de aplicación del Ministerio Federal del Interior (BMI)" (véase aquí p.11).

  • Para las personas que proceden de "países de origen seguros" (de conformidad con el artículo 60a (6) frase 1 nº 3 de la Ley de Residencia), la fecha de la solicitud formal de asilo es decisiva (artículo 14 de la Ley de Asilo). Si es posterior a la fecha límite del 31 de agosto de 2015, no puede expedirse ningún permiso de trabajo y, por tanto, estas personas tampoco tienen acceso al periodo de tolerancia de formación.

Medidas para poner fin a la residencia

No se concederá una estancia tolerada por motivos de formación si en el momento de la solicitud ya son inminentes medidas concretas para poner fin a la estancia. Este es el caso, por ejemplo,

  • si la expulsión es realmente posible y se están haciendo los preparativos para ello (programación) o está en curso el procedimiento de traslado de Dublín o

  • si se ha solicitado un documento (de sustitución) de pasaporte y es previsible el cese de la residencia.

  • Sin embargo, el cese de la residencia no es previsible si hay indicios de que las autoridades del país de origen no tramitarán la solicitud de un documento de sustitución del pasaporte.

  • Si la autoridad de extranjería sólo inicia medidas específicas de expulsión tras una solicitud de estancia tolerada por motivos de formación, ello no impide que se conceda la estancia tolerada.

Información adicional

Además de las normas descritas, también debe observarse la siguiente información:

Para más información

El Flüchtlingsrat Sachsen-Anhalt e.V. (Consejo de Refugiados de Sajonia-Anhalt) explica el Ausbildungsduldung en un vídeo.